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apelación de la decisión de la justicia deportiva y la federación deportiva

administrativas, disciplinarias y el dopaje

Lucha contra el exceso de poder de los cuerpos deportivos

SOPORTE COMPLETO EN DÉFENSA DEPORTIVA

Recurso ante una comisión deportiva, la CNOSF, la AFLD o el juez administrativo para impugnar una sanción disciplinaria, una suspensión, una homologación, una degradación, una pérdida de partido, una retirada de puntos, un control antidopaje positivo, una solicitud de Autorización de uso con fines terapéuticos (AUTO),...

Cabinet Bertrand apoya a sus clientes (atletas, jugadores, entrenadores, agentes y clubes) contra todos decisiones de las comisiones deportivas de las Federaciones y Ligas (profesional o aficionado) adquiridos en el ejercicio de sus prerrogativas de servicio público en materia regulatoria, legal, financiera o disciplinaria.

También defendemos regularmente a deportistas, amateurs o profesionales, ante la Comisión de Sanciones delAgencia Francesa de Lucha contra el Dopaje (AFLD) tras un control positivo de dopaje o como parte de una solicitud (o una negativa) Autorización de uso con fines terapéuticos (AUT).

DELEGACIÓN DE misión de servicio público

Recurso de nulidad, extralimitación o indemnización.

La intervención de los abogados del Gabinete Bertrand en materia de litigios y recursos deportivos

Cabinet Bertrand asesora, asiste y defiende los intereses de los atletas, jugadores, entrenadores y clubes en cada etapa del procedimiento administrativo (comisión deportiva, conciliación CNOSF, Agencia Francesa de Lucha contra el Dopaje, Tribunal Administrativo, Tribunal Administrativo de Apelación, ... ).

Los abogados de Cabinet BERTRAND intervienen en todas las disciplinas deportivas (Fútbol, ​​Futsal, Baloncesto, Rugby, Atletismo, Patinaje, Gimnasia, Hípica, Tenis, Balonmano, Ciclismo, Carreras de caballos, Natación, Boxeo, eSport, ...).

Recurso a las comisiones deportivas de federaciones y ligas profesionales o regionales

  • Comisión Jurídica,
  • Comisión disciplinaria
  • Comisión de Conciliaciones y Litigios,
  • Comisión de Control de Gestión de Clubes (DNCG),
  • Comisión de Estado del Jugador, Agente Deportivo, Ética,
  • Apelar Comités,
  • ...

Procedimiento de conciliación previa del Comité Nacional Olímpico y Deportivo de Francia (CNOSF)

  • Procedimiento de conciliación opcional (Arte. R.141-19 del Código de Deportes),
  • Procedimiento de conciliación preliminar obligatorio ante cualquier acción judicial (Artículos R.141-5 y siguientes del Código de Deportes).

Defiéndete ante la Agencia Francesa de Lucha contra el Dopaje (AFLD) en caso de control de dopaje positivo

  • Procedimiento ante el Colegio y la Comisión de Sanciones para impugnar un control positivo de dopaje,
  • Procedimiento relativo a:
    • una suspensión provisional,
    • una propuesta de composición administrativa,
    • una solicitud de Autorización de uso terapéutico (AUT),
    • una negativa de TUE,
    • un procedimiento por infracción de las normas antidopaje.

Apelaciones a los Tribunales Administrativos contra las decisiones de las federaciones y ligas deportivas

  • Tribunal administrativo :
    • recurso de nulidad por exceso de poder,
    • reclamación de indemnización,
    • en procedimientos sumarios y sobre el fondo,
  • Tribunal Administrativo de Apelación,
  • Y en algunos casos, el Consejo de Estado (con la asistencia de un abogado de los consejos).
El deporte apela a los valores educativos, sociales y morales. Por tanto, la ley que se aplique allí debe respetar los principios fundamentales y las libertades individuales de quienes son los actores.

Por tanto, es legítimo que, al igual que el derecho concedido a todos los ciudadanos, puedan recurrir a los tribunales. El mundo del deporte y sus instituciones no son una excepción.
remedios contra el dopaje y la AFLD
"Las federaciones deportivas homologadas participan en la ejecución de misiones de servicio público relacionadas con el desarrollo y democratización de las actividades físicas y deportivas. No pueden delegar todo o parte del ejercicio de las misiones de servicio público que les sean encomendadas si no es en beneficio de la ligas profesionales establecidas en aplicación del artículo L. 132-1. (...) "

Artículo L.131-9 del Código Deportes 

O haz una cita por video en línea

Un Código Deportivo, una federación deportiva

En los términos de los artículos L.131-8, L.131-9, L.132-1 del Código Deportivo, en cada disciplina deportiva una sola federación aprobada recibe delegación del Ministro responsable del deporte para organizar competiciones deportivas. Las federaciones beneficiarias de esta delegación podrán crear una liga profesional para la representación, gestión y coordinación de las actividades deportivas profesionales de las asociaciones a las que estén afiliadas o de las empresas que hayan constituido.
  • Organizar competiciones deportivas al final de las cuales se emitan títulos internacionales, nacionales, regionales o departamentales.
  • Realice las selecciones correspondientes.
  • Proponer el registro de deportistas, entrenadores, árbitros y jueces en la lista de deportistas de alto nivel, en la lista de deportistas esperanzados o finalmente en la lista de compañeros de entrenamiento (Arte. L.131-15 del Código de Deportes).

Control de las decisiones de las federaciones deportivas por el juez administrativo

Las controversias que surjan de una decisión tomada por un organismo de una federación deportiva o una liga profesional que resulten del ejercicio de sus prerrogativas de misión de servicio público serán competencia del juez administrativo.

ministerio de deportes
Consejo de Estado
Agencia Francesa Antidopaje - AFLD

Derecho laboral y contractual

Litigios deportivos y de dopaje

Abogado representativo

Fiscalidad de los deportistas

Derechos de imagen y patrocinio

derecho internacional y TAS