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código laboral y contrato del deportista

El derecho laboral de los deportistas

El respeto de los derechos deportivos

AN diario deportivo ACOMPAÑAMIENTO

Contrato de trabajo: desde su formación, pasando por su ejecución, hasta su terminación, Cabinet Bertrand apoya a sus clientes deportivos (deportistas, jugadores y entrenadores) en todas las etapas de la relación contractual.

Deportista en una disciplina colectiva o individual, profesional o amateur, el derecho laboral aplicado al deporte será omnipresente e interferirá en casi todas las relaciones contractuales entre un atleta, un club, un organizador de eventos deportivos o incluso, a veces, una federación.

Si hay un enlace de subordinación y un servicio por remuneración, el principal será el empleador y el subordinado, el empleado.

Para el empleado de deportes, por lo que es fundamental estar informado de su droits.
LEITMOTIV

El Código Laboral y sus disposiciones de protección se aplican a los deportistas.

La intervención de Cabinet Bertrand, abogados de muchos jugadores y entrenadores (especialmente fútbol) desde 1973

Cabinet Bertrand apoya a sus clientes deportivos (deportistas, jugadores y entrenadores) en todas las etapas de la relación contractual ligada al contrato de trabajo (contrato habitual de duración determinada o CDI), cesión o participación en un evento deportivo.

Formación del contrato del deportista

  • Discusión;
  • Negociación;
  • Escritura.

Seguimiento durante la ejecución contractual

  • Enmienda, renovación;
  • Información y asesoramiento sobre derechos sociales y fiscales;
  • Asistencia en caso de dificultades de ejecución o incumplimiento del contrato por parte del club: impago de sueldos o bonificaciones, modificación de funciones, exclusión, sanción disciplinaria;
  • Asistencia ante las comisiones deportivas de las Ligas y Federaciones (Comisión Jurídica, Comisión de Apelación, ...);
  • Para jugadores, entrenadores o clubes, un profesional o aficionados;
  • En todos los deportes, y en particular fútbol, ​​fútbol sala, baloncesto, rugby, balonmano, natación, carreras de caballos, tenis, boxeo, ...;
  • Asistencia en caso de dificultades relacionadas con un accidente o enfermedad que provoquen invalidez o incapacidad laboral;
  • ...

Asistencia en caso de rescisión abusiva del contrato del atleta por parte del club empleador.

  • Negociación y redacción de protocolos transaccionales,
  • Asesoramiento, asistencia y representación en procedimientos contenciosos:
    • ante los tribunales (Consejo de Trabajo, Tribunal de la Seguridad Social, Tribunal de Apelación, Tribunal de Casación, Tribunal Europeo de la Unión Europea, Consejo de Europa),
    • ante tribunales administrativos, para funcionarios públicos (Tribunal Administrativo, Tribunal Administrativo de Apelación, Consejo de Estado),
    • ante tribunales deportivos (Ligas Profesionales y Comisiones de Federaciones Nacionales e Internacionales, Comité Nacional Olímpico y Deportivo de Francia, Tribunal Arbitral del Deporte, etc.).
Cabinet Bertrand defiende a los atletas, jugadores y entrenadores y se esfuerza por garantizar que se respeten sus derechos en aplicación, sobre todo, de la legislación laboral (común).

Además, y con el fin de comprender en su totalidad todas las cuestiones que conlleva la defensa de los intereses de los deportistas, también es necesario estar atento al entorno jurídico relacionado con el derecho deportivo, para conocer y tener en cuenta, en su caso, las disposiciones. el Código Deportivo, el Convenio Deportivo Colectivo, el convenio colectivo de la disciplina en cuestión (Carta del Fútbol Profesional, convenio colectivo de rugby, etc.), nacional (Federación, Liga, etc.) e internacional (Fifa, Fiba, Irb,…).


Finalmente, un buen conocimiento de la jurisprudencia emitida específicamente en el ámbito de la defensa deportiva es fundamental.


desde 1973, Cabinet Bertrand defiende a los deportistas y está en el origen de una abundante jurisprudencia a favor de los deportistas, en particular de los futbolistas y entrenadores, profesionales o amateurs.

legislación de derecho deportivo

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Un contrato de trabajo específico de duración determinada

La ley del 27 de noviembre de 2015 tenía como objetivo proteger a los deportistas profesionales y de alto nivel, así como asegurar su situación legal y social creó un nuevo contrato de trabajo para el atleta o entrenador empleado: el DDC específico.
De aquí en adelante Insertado en el Código Deportivo, elLos nuevos artículos L.222-2-3 y siguientes del Código Deportivo establecen las normas que rigen este nuevo contrato obligatorio de duración determinada. 
  • Para asociaciones deportivas y empresas deportivas
  • Para deportistas profesionales asalariados
  • Para entrenadores profesionales asalariados
  • Duración mínima de una temporada deportiva (12 meses), a menos que se disponga lo contrario en un acuerdo de sucursal o en su defecto, un reglamento federal
  • Duración máxima 5 años,
  • Reglas formales estrictas, cuyo incumplimiento conducirá a la recalificación en CDI 

Un contrato insertado en el Código Deportivo

"Para asegurar la protección de los atletas y entrenadores profesionales y garantizar la equidad de las competiciones, cualquier contrato por el cual una asociación deportiva o una empresa mencionada en los artículos L. 122-2 y L. 122-12 se asegura a sí misma, a cambio de una remuneración. , la asistencia de uno de estos empleados es un contrato de trabajo de duración determinada."


Artículo L.222-2-3 del Código de Deportes

código deportivo, jugador profesional específico cdd

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